Actas
y Certificaciones Extraprotocolares
Esta sección se encarga de la expedición de los instrumentos públicos que el Notario autoriza y certifica en el ejercicio de su función, sin incluirlos en su protocolo notarial, es decir, constituyen instrumentos que no son archivados por el Notario, como por ejemplo, las actas de presencia, las legalizaciones de firmas y reproducciones de documentos, remisión de cartas notariales, copias certificadas de actas y otros actos, etc.
La autorización del Notario de un instrumento público extraprotocolar realizada con arreglo a lo prescrito por la Ley de Notariado, producen fe de: :
- La realización del acto, hecho o circunstancia.
- La identidad de las personas u objetos.
- La suscripción de documentos.
lo cual confiere a ellos una fecha cierta de su realización.
De acuerdo a la Ley del Notariado - Ley 26002, podemos encontrar dentro de este rubro a las
Actas
Certificaciones:
- Entrega de Cartas Notariales
- Copias Certificadas
- Legalización de Firmas
- Legalización de Reproducciones
- Legalización de apertura de libros de actas y contabilidad u hojas sueltas
- Poderes fuera de Registro y por carta con firma legalizada
PROTOCOLARES
- EXTRAPROTOCOLARES
- NO
CONTENCIOSOS